Se encuentran abiertas ayudas para fomentar la incorporación de nuevas tecnologías que permitan a las pymes del comercio local, de forma individual o mediante las asociaciones del sector, dar respuesta a los nuevos hábitos de consumo y que impacten en la transformación digital y sostenibilidad del propio establecimiento y en su modelo de negocio en concurrencia no competitiva.
La inversión mínima a realizar para que el proyecto se considere subvencionable asciende a 5.000 € (IVA excluido)
Actuaciones subvencionables
a) Proyectos de nuevas tecnologías dirigidos a mejorar diferentes áreas de la estrategia comercial en línea y de comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de compra, que pueden incluir una o varias de las siguientes actuaciones:
1.ª Creación y diseño de aplicaciones para móviles o sitios web con información corporativa, catálogo de productos, u otra información necesaria en este tipo de aplicaciones.
2.ª Diseño e implantación de una tienda on-line. Para el desarrollo técnico de la tienda on-line se podrán utilizar tanto plataformas de código abierto, como plataformas «en la nube», o bien realizar un desarrollo a medida.
3.ª Desarrollo de aplicaciones informáticas diseñadas para teléfonos móviles inteligentes u otro tipo de dispositivos o medios digitales que sirvan para promocionar productos y servicios.
4.ª Inversión en la transformación digital de los establecimientos comerciales para incorporar, mantener o mejorar las funcionalidades de la venta a través de canales digitales que fomenten la omnicanalidad de los modelos de negocio y mejoren la experiencia de compra en el entorno digital de los clientes.
5.ª Mejora de la atención, relación y conocimiento de la clientela y su fidelización, mediante el uso de nuevas tecnologías y técnicas de analítica avanzada. Se financiará software, programas, herramientas, aplicaciones, soluciones digitales para la implementación de proyectos de gestión de las relaciones con clientes (comúnmente denominados por las siglas de su denominación en inglés, Customer Relationship Management: en adelante CRM) y cualquier otra solución tecnológica tendente a tal fin.
6.ª Soluciones de ciberseguridad.
7.ª Plataformas para la mejora de la comunicación interna dentro de un negocio, entre negocios u otras figuras de interés para el emprendimiento de acciones conjuntas que reporten beneficio mutuo y que mejoren la forma de trabajo, así como la atención y la
afluencia de los clientes
b) Proyectos de nuevas tecnologías para la transformación del espacio físico de venta dirigidos tanto a las nuevas necesidades y hábitos de los consumidores como a nuevos modelos de gestión, que pueden incluir una o varias de las siguientes actuaciones:
1.ª Digitalización de la gestión en el comercio, mediante la optimización, integración o automatización de una o varias operaciones de gestión interna del negocio, incluyendo desde la relación con proveedores hasta el cliente final.
2.ª Adquisición de herramientas tecnológicas para la realización de autodiagnósticos sobre la viabilidad del negocio, toma de decisiones, su potencial transmisión o relevo generacional.
3.ª Transformación digital del comercio ambulante y canales cortos de comercialización.
4.ª Mejoras en el proceso de venta que, mediante la incorporación de nuevas tecnologías, faciliten la recogida de pedidos a través de fórmulas omnicanal en el establecimiento o área comercial.
5.ª Aplicación de nuevas tecnologías en el punto de venta con el objetivo de mejorar y actualizar el proceso de pago de los productos adquiridos, así como evitar colas y las aglomeraciones en los establecimientos comerciales o mejorar la gestión de turnos.
6.ª Adquisición de mobiliario tecnológico que mejore la experiencia de compra en el establecimiento físico, tales como escaparates virtuales, cartelería digital o cualquier otro.
7.ª Incorporación de técnicas de marketing relacional o de mejora en la relación con los clientes.
c) Proyectos de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia, sostenibilidad de la entrega de última milla, en la cadena de suministro, trazabilidad y la economía circular, tales como:
1.ª Inversiones para reducir el consumo de insumos por parte del comercio y de los consumidores en sus establecimientos, y la sustitución de éstos por otras alternativas más respetuosas con el medio ambiente.
2.ª Optimización de las operaciones de distribución comercial, entrega y devolución del producto o del residuo cuando proceda, mediante la adopción de nuevas tecnologías y ecosistemas colaborativos que disminuyan los costes y el impacto medioambiental,
prestando especial atención a la última milla.
3.ª Soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de otros suministros en los establecimientos comerciales, instauración de procesos con base tecnológica, eco-eficientes o para la correcta separación de los residuos(biorresiduos, papel, plástico, vidrio, etc) para su posterior reciclado y valorización.
4.ª Instalación de puntos de entrega inteligentes.
d) Proyectos de aplicación de soluciones tecnológicas que permitan a los establecimientos comerciales mejorar la eficiencia en el consumo energético, que subvencionarán, entre otros, los tendentes a cumplir con la obligación de disponer de
un sistema de puertas adecuado, siempre que entren dentro del ámbito de aplicación del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios y sean, por consiguiente, de obligado cumplimiento.
Requisitos
1. Tener la condición de pyme con arreglo a la definición establecida en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
2. Figurar inscritas y en alta a la fecha de la solicitud en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
3. Desarrollar su actividad comercial en Andalucía.
4. Que la actividad principal de la empresa esté encuadrada en el ámbito del comercio dentro de alguno de los códigos del CNAE o epígrafes del IAE relacionados en el Anexo I.
5. En el caso de personas físicas habrán de acreditar el alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos con anterioridad a la presentación de la solicitud.
Plazo de solicitud:
Hasta 28/02/2023 o hasta agotar presupuesto.
Anexo I. Relación de Actividades Económicas Subvencionables: